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  1. Para el ejercicio del control gubernamental externo, durante el año 2023, a través del Servicio de Control Simultáneo en la modalidad de Control Concurrente, por parte de las Sociedades de Auditoría, a partir de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, se debe tener en cuenta las siguientes ...

  2. 23 de jun. de 2022 · 1.3 Para el desarrollo del control concurrente se debe contar con profesionales especializados y con experiencia en la obra o servicios a realizarse y en los temas vinculados a la naturaleza de la materia del control concurrente, que garanticen una efectiva y eficaz labor del Sistema Nacional de Control. Artículo 8. Informe anual

  3. Al control concurrente también se le conoce como control de sí/no, en virtud de que, por lo general, incluye puntos de medición en los que habrá de determinarse si continuar o no con el proceso, realizar alguna acción correctiva, o detener de plano el trabajo. Ya que el control concurrente se basa en la supervisión de las actividades, se ...

  4. Asimismo, el costo del control concurrente se estima de acuerdo a los lineamientos y plantilla establecidos en el Anexo N° 1 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL. El costo del control concurrente estimado se incorpora a la estructura de costos de las inversiones de acuerdo con las orientaciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

  5. 23 de jun. de 2022 · 2112. El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 31500, norma que establece el carácter vinculante del control concurrente y adopta otras medidas necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de supervisión. El dispositivo legal, aprobado por el Congreso y publicado en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano ...

  6. Los resultados obtenidos en los tres años de aplicación del nuevo modelo de control concurrente en el Perú son concluyentes: Funciona, es costo efectivo y genera valor público. Si comparamos con proyectos similares que no tuvieron control concurrente, podemos afirmar que el...

  7. Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.Resolución de Contraloría N.° 275-2022-CG Directiva N.° 018-2022-CG/GMPL - Normas y documentos legales - Contraloría General de la República - Plataforma del Estado Peruano

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