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  1. Para el ejercicio del control gubernamental externo, durante el año 2023, a través del Servicio de Control Simultáneo en la modalidad de Control Concurrente, por parte de las Sociedades de Auditoría, a partir de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año ...

  2. Último cambio 14 enero 2024. La expansión del modelo de Control Concurrente, tiene como objetivo incrementar la cantidad de servicios a nivel nacional de obras públicas, así como las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de...

  3. Si la inversión fue declarada viable o aprobada entre el periodo del 17 de noviembre de 2021 a 01 de enero 2023 y se encuentra en el rango de 5 a 10 millones, será objeto de control concurrente siempre que no haya superado el 80% de ejecución financiera y deberá realizar el registro del CCC.

  4. Junio 2023. ORIENTACIONES PARA EL REGISTRO DEL COSTO DE CONTROL CONCURRENTE EN LAS INVERSIONES. 1. Base legal: 1.1 Ley N.° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, y sus modificatorias1. Artículo 1. Objeto de la Ley. “1.1. La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o ...

  5. Aprobar la Directiva N° 016-2023-CG/SESNC "Directiva Externa que establece Disposiciones Complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente" que en Anexo forma parte de la presente de Resolución. Documentos. Resolución de Contraloría N°419-2023-CG. PDF. 3.2 MB. Descargar.

  6. 20 de dic. de 2023 · Aprueban el inicio del proceso de incorporación a la Contraloría General de la República de ciento setenta y cinco Órganos de Control Institucional de diversas entidades priorizadas - RESOLUCION - N° 422-2023-CG - CONTRALORIA GENERAL. PDF.

  7. Para las inversiones en ejecución antes del 1 de enero de 2023, que superen los S/5 millones y que no superen el 80% de ejecución financiera, únicamente deberán registrar el CCC en el Formato N.° 8 en caso la CGR les comunique que serán sujeto a dicho control y solicite formalmente la transferencia. 13.

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