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  1. 7 de oct. de 2022 · Artículo 157.- Medios de prueba 1. Los hechos objeto de prueba pueden ser acreditados por cualquier medio de prueba permitido por la Ley. Excepcionalmente, pueden utilizarse otros distintos, siempre que no vulneren los derechos y garantías de la persona, así como las facultades de los sujetos procesales reconocidas por la Ley.

  2. 5 de abr. de 2021 · Los hechos con relevancia jurídico-penal son el objeto de prueba; los testigos, peritos documentos y objetos son la fuente de prueba de la que emanan los hechos delictivos; y los medios probatorios son la forma legalmente establecida, para introducir la prueba penal en el proceso.

  3. content.lpderecho.pe › wp-content › uploadsMedios de prueba

    Medio de Prueba (Art. 157) •Se regula en el artículo 157° del código Procesal Penal. •La regla importa que no 23. está legalmente delimitada la utilización de un medio de prueba determinado para probar un dato fáctico específico, sin perjuicio de su legalidad, eficacia y garantías del correcto y más sólido esclarecimiento

  4. Los medios de prueba. “Instrumentos procesales a través de los que las fuentes de prueba se incorporan al proceso y sólo existen dentro de un proceso, regidos por normas procesales que establecen los supuestos y las formas en que la fuente de prueba puede aparecer dentro del proceso” (Sentencia SPE CS Caso Fujimori).

  5. 2 de feb. de 2017 · Sumilla: 1. Introducción. 2. Derecho probatorio. 3. Finalidad. 4. Concepto de la prueba (¿Qué es la prueba?). 5. Objeto de la prueba (¿Qué se prueba?). 6. Carga de la prueba (¿Quién prueba?). 7. Procedimiento Probatorio (¿Cómo se prueba?). 8. Valoración de la prueba (¿Qué valor tiene la prueba producida?). 9. Conclusiones. 1. Introducción.

  6. La diferencia entre uno y otro radica en el escenario donde se sitúan, pues mientras las fuentes de prueba se ubican en un plano previo y ajeno al proceso jurisdiccional, los medios de prueba se instalan en el contexto del juicio.