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  1. TEXTO DE LEY N°. 977, LEY CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS, EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y EL FINANCIAMIENTO A LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA, CON SUS REFORMAS INCORPORADAS. Enlace a Legislación Relacionada Última Versión de Texto Publicado.

  2. Núm. 2,977.-. ARTICULO PRIMERO.-. Desde la fecha de la presente lei, sólo se considerarán como feriados los dias siguientes; 1° Los Domingos de todo el año. de Junio, 15 de Agosto, 1° de Noviembre, 8 i 25 de Diciembre i las fiestas movibles de la Ascension del Señor i de Corpus Cristi. Estas festividades relijiosas podrán ser ...

  3. LEI N° 2,977 Fija los dias feriados Ley núm. 2,977.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente PROYECTO DE LEI: Promulgación I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República. Santiago, a 28 de Enero de 1915.-

  4. 2.977. Declara como feriado los siguientes días: Año Nuevo, Viernes y Sábado Santo, Día de las Glorias Navales, Día de la Asunción de la Virgen, Día de la Independencia Nacional, Día de las Glorias del Ejército, Día de Todos los Santos, Día de la Inmaculada Concepción, Navidad y todos los domingos del año.

  5. LEY N°19.973 "Establece feriados" Texto de Ley: Artículo 1º.-Declárase feriado el día 17 de septiembre de 2004. Artículo 2º.-Los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio, con excepción de aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos ...

  6. Ley Chile Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa Este proceso demora demasiado, es probable que su conexión esté muy lenta o que su navegador no sea compatible con nuestra aplicación.

  7. Art. 34.-. El 10% de la contribución agrícola cafetalera contemplada en el artículo 8 de la Ley Especial del Sector Cafetalero se destinará exclusivamente para financiar los proyectos de investigación que fueren aprobados por el Consejo Superior. Sección Décima De las exportaciones.