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1. m. Sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo. Sin.: sentencia, veredicto, dictamen, resolución, decisión. 2. m. Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado. echar el fallo.
m. Acción, palabras o respuesta desacertada o inadecuada ha sido un fallo prometerle algo que no podrás cumplir. equivocación. 2. Circunstancia de fallar o no funcionar una cosa como debía o se esperaba al final detectaron el fallo en el motor. deficiencia, error. 3.
Una situación de insolvencia, una quiebra o bancarrota y un incumplimiento que deriva en un default o impago modifican negativamente una realidad y pueden provocar desde reclamos hasta presentaciones legales que culminan con un fallo judicial.
El término jurídico «fallo» es uno de los conceptos fundamentales en el ámbito del derecho. Se refiere a la resolución o decisión que emite un juez o tribunal al finalizar un proceso judicial. Es el resultado de un análisis exhaustivo de los hechos, las pruebas presentadas y la aplicación de las leyes correspondientes.
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El fallo es la parte dispositiva y resolutiva de la sentencia que se dicta al término de un proceso judicial. Contiene el pronunciamiento del juez o tribunal sobre la controversia planteada. En otras palabras, se trata de la decisión final y vinculante respecto a un caso específico.
intr. Frustrarse, faltar o salir mal algo. También tr.: falló la respuesta. Perder una cosa su resistencia: los frenos están fallando. En algunos juegos de naipes, poner un triunfo por no tener el palo que se juega: si no tienes oros, tendrás que fallar. 'fallo' aparece también en las siguientes entradas: absolutorio - anuria - arbitraje - ...