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  1. 1. m. Sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo. Sin.: sentencia, veredicto, dictamen, resolución, decisión. 2. m. Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado. echar el fallo.

  2. m. Acción, palabras o respuesta desacertada o inadecuada ha sido un fallo prometerle algo que no podrás cumplir. equivocación. 2. Circunstancia de fallar o no funcionar una cosa como debía o se esperaba al final detectaron el fallo en el motor. deficiencia, error. 3.

  3. Una situación de insolvencia, una quiebra o bancarrota y un incumplimiento que deriva en un default o impago modifican negativamente una realidad y pueden provocar desde reclamos hasta presentaciones legales que culminan con un fallo judicial.

  4. El término jurídico «fallo» es uno de los conceptos fundamentales en el ámbito del derecho. Se refiere a la resolución o decisión que emite un juez o tribunal al finalizar un proceso judicial. Es el resultado de un análisis exhaustivo de los hechos, las pruebas presentadas y la aplicación de las leyes correspondientes.

  5. Calle 12 # 7-65 Palacio de Justicia Bogotá D.C – Colombia Horario de Atención: Lunes a Viernes 8:00 a.m a 1:00 p.m. 2:00 p.m a 5:00 p.m Teléfono

  6. El fallo es la parte dispositiva y resolutiva de la sentencia que se dicta al término de un proceso judicial. Contiene el pronunciamiento del juez o tribunal sobre la controversia planteada. En otras palabras, se trata de la decisión final y vinculante respecto a un caso específico.

  7. intr. Frustrarse, faltar o salir mal algo. También tr.: falló la respuesta. Perder una cosa su resistencia: los frenos están fallando. En algunos juegos de naipes, poner un triunfo por no tener el palo que se juega: si no tienes oros, tendrás que fallar. 'fallo' aparece también en las siguientes entradas: absolutorio - anuria - arbitraje - ...

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