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  1. detalladamente en qué consisten los métodos de extinción de una obligación tributaria. 2. PAGO Debido a que la finalidad principal de la obligación tributaria es su cancelación, el pago corresponde al método más sencillo y directo para la extinción de cualquier deuda considerando siempre la forma y plazos correspondientes.

  2. El Código Tributario establece que la obligación tributaria se extingue por los siguientes medios: Pago. Compensación. Condonación. Consolidación. Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa. Otros que se establezcan por leyes especiales.

  3. 16 de ago. de 2022 · Teniendo en consideración que la finalidad principal de la obligación tributaria es su cancelación, el pago constituye la forma más sencillo y directa para la extinción de cualquier deuda tributaria. Los sujetos en el pago deberán ser, por un lado, el acreedor o a quien debe realizarse la obligación, es decir la Administración Tributaria.

  4. Formas de extinción de las obligaciones tributarias. LCP Abogado Edgar Omar Rodríguez Escareño. junio 2020. 13 minute read. No comments. Dentro de este artículo: Introducción. Formas de extinción de las obligaciones fiscales. Pago. Compensación. Prescripción y caducidad. Condonación. Cancelación. Amnistía fiscal. Dación en pago. Conclusión.

  5. En resumen, los beneficios de la extinción de la obligación tributaria en trámites en Perú son significativos, ya que no solo alivian la carga financiera de los contribuyentes, sino que también fomentan la regularización y el fortalecimiento del sistema tributario en el país.

  6. La extinción de la obligación tributaria es un proceso crucial en la gestión de impuestos en Perú. Este proceso se refiere a la finalización legal de la obligación de pago de impuestos, ya sea por cumplimiento de la obligación, condonación, prescripción u otros medios establecidos en la normativa tributaria.

  7. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios: Pago. Compensación. Condonación. Consolidación. Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa. Otros que se establezcan por leyes especiales.

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