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  1. 13 de may. de 2016 · Emancipación en Derecho. Como emancipación se denomina, en el ámbito jurídico, la obtención por parte de un menor de los derechos de la mayoría de edad. En este sentido, la emancipación supone el fin de la patria potestad o de la tutela sobre un menor de edad, con la finalidad de que éste pueda regirse por sí mismo.

  2. Las colonias, al luchar contra el colonizador y derrotarlo, consiguen su emancipación: es decir, se vuelven independientes. También se habla de emancipación femenina para aludir a la lucha de las mujeres por conseguir la igualdad de género, liberándose del mandato de los hombres.

  3. Emancipación voluntaria. El artículo 313 del Código Civil Colombiano define a la emancipación voluntaria como aquella que se realiza o efectúa por medio de instrumento público, en la que los padres declaran emancipar al hijo adulto y éste a su vez, es consciente de ello.

  4. En primer lugar, es pertinente recordar que la emancipación es el acto o figura por la cual, se da fin a los derechos que por ley, tienen los padres sobre los hijos no emancipados. En Colombia, ésta se encuentra enunciada en el Artículo 312 del Código Civil, donde se menciona que puede haber emancipación voluntaria, emancipación legal o ...

  5. Emancipación. Esta página de desambiguación enumera artículos que tienen títulos similares. La emancipación se refiere a toda aquella acción que permite a una persona o a un grupo de personas acceder a un estado de autonomía por cede de la sujeción a alguna autoridad o potestad. Más específicamente, puede referirse a:

  6. La emancipación es un término jurídico que se refiere al proceso legal mediante el cual un menor de edad adquiere la capacidad de actuar como un adulto y asumir responsabilidades legales. La emancipación puede ser otorgada por un tribunal o por los padres del menor, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos legales.

  7. Impugnación de la maternidad. La maternidad, esto es, el hecho de ser una mujer la verdadera madre del hijo que pasa por suyo, podrá ser impugnada probándose falso parto, o suplantación del pretendido hijo al verdadero. Tienen el derecho de impugnarla:

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