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  1. Pasos para liquidar obras por contrata. Paso 1: La Comisión de recepción de la obra por contrata emite el acta de recepción correspondiente y lo presenta a la Gerencia de infraestructura. (15 días calendario [1]) Paso 2: El contratista presenta el informe de liquidación del contrato de obra a la Gerencia de infraestructura. (60 días ...

  2. 7 de mar. de 2018 · La obligación del contratista es elaborar la liquidación del contrato de obra (adjuntando todos los documentos sustentatorios, cálculos y detalles técnicos y financieros), dentro del plazo legal de un décimo (1/10) del plazo de vigencia de ejecución de obra o, en su defecto, de sesenta (60) días naturales (lo que resulte mayor ...

  3. Gestión de Obras, es responsable del proceso de la liquidación del contrato de obra, hasta el consentimiento o aprobación de la misma, notificando al Contratista, cumpliendo con los plazos y las disposiciones previstas en la normativa de contrataciones del Estado y en el presente procedimiento.

  4. 7 de jun. de 2021 · Cómo liquidar una obra por contrata. La liquidación inicia luego de que la Comisión de Recepción haya presentado su acta a la Gerencia de Infraestructura. Entonces el contratista tendrá 60 días calendario para presentar su Informe de Liquidación del contrato a la misma gerencia.

  5. el procedimiento de liquidación del contrato de obra, precisando que “El contratista debe presentar la liquidación debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo vigente de ejecución de la obra, el que resulte mayor,

  6. ¿Qué sucede si el contratista no cumple con su obligación de elaborar la liquidación del contrato de obra, en el plazo otorgado?

  7. www.caeperu.com › pdf › opinion-n-056-2021-dtn-liquidacion-de-contrato-de-obraDirección Técnico Normativa Opinión

    Mediante el documento de la referencia, el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas de la Junta Nacional de Justicia formula consultas sobre la liquidación del contrato de obra y la posibilidad de realizarla en caso de existir una controversia arbitral pendiente respecto del contrato.