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  1. Control Concurrente. Es la modalidad de servicio de control simultáneo que se realiza a modo de acompañamiento sistemático y multidisciplinario y tiene por finalidad realizar la evaluación de un conjunto de hitos de control pertenecientes a un proceso en curso.

  2. Para el ejercicio del control gubernamental externo, durante el año 2023, a través del Servicio de Control Simultáneo en la modalidad de Control Concurrente, por parte de las Sociedades de Auditoría, a partir de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año ...

  3. El control concurrente se efectúa desde la formulación de los términos de referencia, comprendiendo también la elaboración del expediente técnico, la ejecución, supervisión y conformidad de la obra o servicio.

  4. “DIRECTIVA INTERNA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DE LA LEY N° 31358, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA EXPANSIÓN DEL CONTROL CONCURRENTE” GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA Y NORMATIVIDAD EN CONTROL GUBERNAMENTAL. SUBGERENCIA DE NORMATIVIDAD EN CONTROL GUBERNAMENTAL. Directiva N° 017-2022-CG/GMPL.

  5. Último cambio 14 enero 2024. La expansión del modelo de Control Concurrente, tiene como objetivo incrementar la cantidad de servicios a nivel nacional de obras públicas, así como las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de...

  6. 23 de jun. de 2022 · El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 31500, norma que establece el carácter vinculante del control concurrente y adopta otras medidas necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de supervisión.

  7. para expandir el control concurrente a nivel nacional, a fin de dar cobertura a las principales obras y a las principales contrataciones de bienes y servicios en el país. Actualmente, el control concurrente se aplica sistemáticamente en el marco de la Ley N° 30556, Ley que