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  1. Control Concurrente. Es la modalidad de servicio de control simultáneo que se realiza a modo de acompañamiento sistemático y multidisciplinario y tiene por finalidad realizar la evaluación de un conjunto de hitos de control pertenecientes a un proceso en curso.

  2. Para todos los casos, la Contraloría General de la República determina el importe final a ser transferido para el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y establece dicho monto en el documento de solicitud de transferencia financiera. 6.

  3. Para el ejercicio del control gubernamental externo, durante el año 2023, a través del Servicio de Control Simultáneo en la modalidad de Control Concurrente, por parte de las Sociedades de Auditoría, a partir de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023,...

  4. La Contraloría General de la República implementa el control concurrente para fiscalizar y acompañar a los gestores públicos en proyectos de infraestructura y servicios. Este modelo busca prevenir riesgos, sinergizar con el sector privado y ahorrar costos para el Estado.

  5. 12 de mar. de 2022 · Contraloría establece disposiciones complementarias de la ley para la expansión del control concurrente [Resolución 103-2022-CG] Publicado en el diario oficial El Peruano, el 12 de marzo de 2022. Por. Lex. - 12 marzo, 2022. 1313.

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