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  1. Un conflicto de interés puede aparecer cuando existe: Ejercicio de la función pública en la que haya facultad de decisión. Interés privado (personal, familiar, amical, económico, financiero, corporativo, político) vinculado con el rubro respecto del cual tiene poder de decisión. Posibilidad y razonabilidad de que el interés privado ...

  2. La presentación de la Declaración Jurada de Intereses tiene por finalidad transparentar información relevante de los sujetos obligados, para la detección y prevención de conflictos de intereses, como requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública.

  3. 17 de ago. de 2022 · Ley 31564: Ley para la mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del sector público. Publicado en el diario oficial El Peruano el 17 de agosto de 2022.

  4. 15 de mar. de 2024 · Descripción. La presente ley tiene por objeto establecer obligaciones e impedimentos aplicables a determinadas personas en el sector público y privado durante su actividad laboral o contractual y al término de esta, con la finalidad de fortalecer la lucha contra la corrupción a través de la prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio ...

  5. 6 de oct. de 2021 · - La Ley. ¿Qué debe hacer el juez para resolver un conflicto de intereses? Corte Suprema estableció que el juez debe agotar los medios necesarios a fin de resolver el conflicto de intereses, la omisión de este deber constituye afectación al debido proceso. Amplía aquí. [Casación Nº3874-2018-LAMBAYEQUE] Por Redacción Laley.pe.

  6. Marco legal aplicable sobre conflictos de intereses y exposición de motivos sobre las Disposiciones para la aplicación del literal c) del artículo 51 de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Resolución SMV N° 029-2018-SMV/01 (norma sobre transacciones entre partes vinculadas)

  7. cdn.www.gob.pe › 4793165-prevencion-y-mitigacion-de-conflicto-de-interesesGESTIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES

    Conflicto de interés es la situación en la que un servidor tiene un interés particular (comercial, familiar, partidario, económico) que se contrapone al interés público al cual se debe. Tres condiciones para que se produzca un conflicto de intereses. Deber funcional ejercido sin imparcialidad y neutralidad;