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Real Academia Española © Todos los derechos reservados. Definición RAE de «antitrust» según el Diccionario de la lengua española: 1. adj. Econ. Dicho especialmente de una ley: Que intenta impedir la formación de los trust.
- Definición de antitrust
1. Adm. y Merc. Dicho de una medida o de una regulación:...
- Definición de antitrust
El derecho de la competencia (en inglés Competition Law, conocido en Estados Unidos como Antitrust Law) es la rama del Derecho que se encarga de regular el comercio mediante la prohibición de restricciones ilegales, la fijación de precios y los monopolios.
Diccionario panhispánico del español jurídico. derecho antitrust. Sublema de derecho 1. antitrust, competencia 1. derecho a no confesarse culpable o a no declarar contra sí mismo. derecho a obtener una resolución de fondo. 1.
Antitrust. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíbe las prácticas antitrust (contrarias a la competencia) en forma de: acuerdos y prácticas comerciales que restrinjan la competencia (artículo 101); abusos de posición dominante.
No parece que una definición como esta –política antitrust como la «antítesis de la regulación gubernamental»– estuviera en el origen de la defensa de la competencia en Europa después de la segunda guerra mundial, y es dudoso que, aun hoy, sea aplicable al caso europeo.
Derecho antitrust. Es el conjunto normativo que protege la competencia real y practicable, mediante la prevención y la sanción de los acuerdos o conductas que restringen la libre competencia, o los abusos de las posiciones de monopolio u oligopolio. La legislación antitrust, pues, trata de evitar la implantación de obstáculos o ...