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  1. Real Academia Española © Todos los derechos reservados. 1. f. Orilla de la calle o de otra vía pública, por lo general ligeramente elevada y enlosada, situada junto a las fachadas de las casas y particularmente reservada al tránsito de peatones.

  2. Una acera, [1] andén, [2] banqueta, [3] vereda [4] o escarpa [5] (principalmente en Yucatán) es una superficie pavimentada y elevada a la orilla de una calle u otras vías públicas para uso de personas que se desplazan andando o peatones.

  3. La Ley de Tránsito define la acera como la “parte de una vía destinada al uso de peatones”. Por lo que, solo los peatones tienen permitido transitar por la acera, pudiendo transitar por la calzada solo en los sectores de cruces peatonales permitidos, que deben estar correctamente señalizados y/o semaforizados.

  4. Información sobre acera en el Diccionario y Enciclopedia En Línea Gratuito. 1 . s. f. Parte lateral de una calle o carretera destinada al paso de los peatones esta calle tiene unas aceras ideales para pasear.

  5. acera . f. Orilla de la calle o de otra vía pública, con pavimento adecuado para el paso de los peatones, que separa la calzada de la pared de las construcciones: se bajó de la acera y casi le atropella un coche. P. ext., línea o fila de casas a cada lado de una calle: vive en la acera derecha de la avenida.

  6. 20 de feb. de 2024 · acera. También llamada vereda en algunos países, es una superficie generalmente embaldosada, y ligeramente elevada, a ambos lados de una calle, por donde transitan los peatones. En las últimas décadas, se ha tornado cada vez más frecuente que las aceras dispongan de rampas que faciliten la circulación de personas en sillas de ruedas.

  7. Una acera, banqueta, vereda o andén es una superficie pavimentada dentro del derecho de vía para uso de personas a pie o peatones. Usualmente se sitúa en ambos extremos en el derecho de vía, delineando la calzada vehicular.

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