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  1. Hace 3 días · Concusion. El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66 ...

  2. Código Penal. Artículo 404.-. Encubrimiento personal. El que sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

  3. 13 de abr. de 2023 · Artículo 404.-. Encubrimiento personal*. El que sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

  4. El artículo 404 del Código Penal hace referencia al delito de prevaricación cometido por funcionarios públicos (denominada prevaricación administrativa). Este hecho delictivo se castiga con pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de 9 a 15 años.

  5. img.lpderecho.pe › wp-content › uploadsCÓDIGO PENAL

    Justicia el anteproyecto de Código Penal. El 03 de agosto de 1983 el Ministro de Justicia, doctor Armando Buendía Gutiérrez, remitió el Proyecto de Ley del Código Penal al Senado de la República, el mismo que se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” del 03 al 05 de setiembre de 1984. Por Ley Nº 23859 de 05 de julio de 1984 se

  6. 10 de nov. de 2020 · Artículo 404.- Encubrimiento personal. El que sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

  7. Artículo 404.- El que sustrae a una persona de la persecución penal o de la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.