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  1. La obligación del empleador de contratar el seguro de vida regulado por el Decreto Legislativo No 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, y sus modificatorias, es independiente de otros seguros de vida y/o de accidentes que, de manera facultativa, adquiera o haya adquirido el trabajador.

  2. ¿Qué es el seguro de vida ley? Esta es una de las obligaciones del empleador en beneficio de sus trabajadores, que como cualquier seguro de este tipo, brinda protección financiera al grupo familiar ante los riesgos de muerte o incapacidad de un integrante proveedor de ingresos.

  3. El procedimiento del Registro Obligatorio de Contratos de Seguro Vida Ley es gratuito y se realiza a través del Sistema Virtual.

  4. El Seguro de Vida Ley es aquel que debe contratar tu empleador desde el inicio de la relación laboral, conforme a lo establecido en la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, aprobada por Decreto Legislativo N° 688 y modificatorias.

  5. 1 de dic. de 2020 · Desde el primero de enero del 2021, el seguro de vida otorga a los trabajadores con menos de 4 años de servicios, los beneficios por fallecimiento a consecuencia de un accidente y por invalidez total y permanente originada por accidente, esto sin afectar las pólizas de seguro de vida vigentes que los empleadores ya hubieran contratado.

  6. ¿Si ya tengo un seguro de vida, realmente necesito tener el Seguro de Vida Ley? Sí, la contratación del Seguro de Vida Ley es obligatoria según la ley. Además, ocurrido el fallecimiento, tus familiares podrán acceder a ambos beneficios.

  7. 4 de mar. de 2022 · El Seguro de Vida Ley es un beneficio laboral que busca dar alivio económico temporal a los familiares de un trabajador ante su fallecimiento por muerte natural, accidental o invalidez...