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  1. DECRETO SUPREMO Nº 42-F EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado cuidar que las actividades industriales se desenvuelvan dentro de un adecuado régimen de seguridad, salvaguardando la vida, salud e integridad física de

  2. a) Garantizar condiciones de seguridad a los trabajadores (empleados y obreros). b) Salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y terceros, mediante la prevención y eliminación de las causas de accidentes.

  3. f) Procurar la colaboración de todos los trabajadores en el fomento de la seguridad. g) Estudiar las estadísticas de los accidentes del establecimiento industrial. h) Cuidar que todos los nuevos trabajadores reciban una formación sobre seguridad, instrucción y orientación adecuadas.

  4. DS 42-F Reglamento de Seguridad Industrial. Ministerio de Industria, Normas Legales. VER DS_42_F. Navegación de entradas. Entrada siguiente ...

  5. Norma 42-F Reglamento de seguridad decreto supremo nº el presidente de la república considerando: que es obligación del estado cuidar que las actividades.

  6. Inicio - Instituto Ambiental

  7. En el Perú, desde 1964 está vigente el Decreto Supremo 42F, denominado Reglamento de Seguridad Industrial, para ser aplicado en las empresas industriales, considerado como referente en otras actividades y modelo seguido en otros países.