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  1. 1. m. Garantía que alguien presta sobre la conducta o cualidades de otra persona. Sin.: fianza, satisdación, garantía. 2. m. Obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido, en caso de incumplimiento. Sinónimos o afines de aval.

  2. 16 de oct. de 2015 · Un aval es un activo que una persona u organización presenta como garantía en pro de cumplir con una obligación a la que se ha predispuesto. Con garantía nos referimos a que el obligado presenta un bien como fianza o promesa de pago.

  3. El aval es mercantil si la operación se desarrolla por escrito en un documento, ya sea público o privado. En el derecho bancario también es accesorio a la obligación principal de préstamo o crédito y también va impreso.

  4. Un aval es un respaldo que una persona concede a otra con el fin de asegurar el cumplimiento de una obligación financiera o contractual. Se establece que, si la persona que ha asumido el compromiso legal no puede cumplir con sus obligaciones, el avalista asumirá la responsabilidad.

  5. El aval es una figura jurídica que consiste en la garantía que una persona (avalista) otorga a otra (avalado) para asegurar el cumplimiento de una obligación. El avalista se compromete a pagar la deuda en caso de que el avalado no lo haga.

  6. Un aval es un escrito en que alguien actúa en respuesta de la conducta de otra persona. Dicho concepto, que procede del francés aval, suele utilizarse en el ámbito de la política. En el lenguaje cotidiano, la noción de aval se utiliza como sinónimo de apoyo o respaldo.

  7. 1. economía firma colocada en un documento para responder por él si no lo hace el titular Estos papeles no tiene aval. 2. persona que se compromete a responder por el deudor en un crédito Debes tener dos avales para alquilar.

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