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  1. 7 de mar. de 2024 · El aval es un documento en el que la entidad bancaria recoge dicha garantía, identificando unas variables: avalado, beneficiario, obligación garantizada e importe garantizado. Lo habitual es que dicha carta o documento sea de carácter privado, es decir, sin intervención notarial.

  2. Un aval bancario es una operación de garantía por la que el avalista (banco) se compromete a responder del cumplimiento de una obligación del avalado (normalmente cliente) ante un tercero (beneficiario), en caso de que el avalado no lo haga.

  3. Podemos definir un aval bancario como un trámite que se lleva a cabo con el banco donde se ofrece una garantía, en este caso dada por el banco, que responderá en caso de que el avalado (es decir, el cliente) no haga efectiva una obligación hacia un tercero.

  4. Un aval bancario es una garantía que el banco entrega a favor del solicitante respondiendo ante terceros en una obligación de pago. Es decir, el banco se convierte en avalista y responderá por el solicitante del aval en el caso de que éste no pueda efectuar el pago que tiene convenido con un tercero.

  5. Un aval bancario es una garantía que otorga el banco. A través del aval, el banco se compromete a responder del cumplimiento de una determinada obligación del avalado ante un tercero. El aval bancario, por tanto, es la garantía que aporta el banco, ante la solicitud de un avalado.

  6. ¿Qué es un aval bancario? Se trata de un compromiso de pago asumido en favor de un tercero, cuando el denominado cliente o prestatario no pueda hacerlo.

  7. El aval bancario es la garantía mediante la cual un banco responde por el avalado en caso de que incumpla sus obligaciones. De este modo el beneficiario podrá reclamar directamente al banco, que cuenta con mayor solvencia que el avalado.

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