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  1. La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, del 22 de Noviembre del 1969), resalta que dentro de un estado de derecho en el cual se rigen las instituciones democráticas, la garantía de derechos de los seres

  2. Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) Nº 4534 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA, DECRETA: Artículo único.- Apruébase en todas y cada una de sus partes, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en San José, Costa Rica, cuyo texto es el siguiente:

  3. CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA” Depositario: OEA. Lugar de adopción: San José de Costa Rica. Fecha de adopción: 22 de noviembre de 1969. Aprobación del Senado: 18 de diciembre de 1980, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 9 de enero de 1981. Vinculación de México:

  4. A través del instrumento fechado el 14 de septiembre de 1977, el Presidente de este Estado, de acuerdo al artículo 93 de la Constitución Nacional del mismo, ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, prometiendo que será inviolablemente observada.

  5. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA” (Suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica, 7 al 22 de noviembre de 1969) PREÁMBULO. Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención, .