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  1. 3 de mar. de 2018 · La presente Guía de actuación del juez en el nuevo Código Procesal Penal ha sido editada con la participación activa de la Academia de la Magistratura. Se trata de un estupendo material que explica de manera clara y didáctica el rol del juez en el nuevo modelo procesal penal.

  2. En el NCPP se entiende que el juez juzgador es el encargado de di­rigir la fase del juicio oral, según el caso el Juez Penal o el Juez Presidente del Juzgado Colegiado dirigirán el juicio y ordenará los actos necesarios para su desarrollo.

  3. 8 de sept. de 2021 · 8 septiembre, 2021. 7002. Fundamento destacado. Sexto. […] – La potestad de actuación de pruebas de oficio es privativa del juez de mérito y debe reunir las exigencias de ser indispensables o manifiestamente útiles para esclarecer la verdad (veritas delicti en función al principio o deber de esclarecimiento).

  4. 31 de jul. de 2021 · Por. Diego Valderrama Macera - Redactor LP Penal. - 31 julio, 2021. 38684. Sumario. 1. Introducción; 2. Artículo V del título preliminar del CPP: competencia judicial; 3. Competencia objetiva 4. Competencia funcional; 5. Competencia territorial; 6. Competencia por conexión; 7. Conclusiones; 8. Bibliografía. 1. Introducción.

  5. www.mpfn.gob.pe › elfiscal › etapas_procesoEtapas del proceso

    Durante esta etapa le corresponde al Juez de la Investigación Preparatoria autorizar la constitución de las partes; pronunciarse sobre las medidas limitativas de derechos y medidas de protección; resolver excepciones, cuestiones previas y prejudiciales; realizar los actos de prueba anticipada y controlar el cumplimiento del plazo de esta etapa.

  6. EL JUEZ PENAL. En la Etapa Intermedia dirige la Audiencia preliminar y dicta el Auto de Enjuiciamiento. En la Etapa de Juzgamiento tiene la dirección de la Etapa, el control de la Actividad Probatoria y la deliberación. EL MINISTERIO PÚBLICO. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA ACTUACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. PRINCIPIO DE OBJETIVIDAD.

  7. 14 de ene. de 2024 · El nuevo Sistema Procesal Penal supone la separación de la investigación del juzgamiento. El juez ya no puede proceder de oficio; tampoco condenar a alguien diferente al imputado ni sentenciarlo por hechos distintos a los denunciados, como ocurría en el pasado.