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  1. 1. m. Aquello que se tributa. 2. m. censo (‖ contrato). 3. m. Carga continua u obligación que impone el uso o disfrute de algo. 4. m. Obligación dineraria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas.

    • tributar

      1. tr. Pagar algo al Estado para las cargas y atenciones...

  2. 1. Fin. Ingreso público consistente en una prestación pecuniaria, coactiva, establecida por la ley y debida a una administración pública por la realización de un hecho lícito que manifiesta capacidad económica y que se satisface por el sujeto pasivo en función de su deber constitucional de contribuir al sostenimiento del gasto público.

  3. 1. tr. Pagar algo al Estado para las cargas y atenciones públicas. 2. tr. Dicho de un vasallo: Entregar al señor en reconocimiento del señorío cierta cantidad en dinero o en especie.

  4. m. Cantidad de dinero que debe pagar un ciudadano al Estado para que haga frente a las cargas y servicios públicos. Cantidad de dinero o especie que entregaba el vasallo a su señor, a la Iglesia o a un soberano. algún tributo tendrás que pagarle por sus favores.

  5. Los tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateral, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir.

  6. Versión electrónica del «Diccionario de la lengua española (2001)». La 22.ª edición, publicada en 2001, incluye más de 88 000 entradas.

  7. Tributo que grava los ingresos líquidos obtenidos, en el ejercicio económico, por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como las sucesiones indivisas, de conformidad a lo dispuesto por la ley.