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  1. 31 de oct. de 2017 · La sentencia constituye una operación mental de análisis y crítica, donde el juez, luego de tomar en consideración la tesis del demandante y la antítesis del demandado, dará una solución al conflicto de intereses con relevancia jurídica planteado, mediante su decisión o síntesis [3].

  2. La sentencia es la resolución definitiva dictada por un juez o Tribunal que concluye y cierra un proceso judicial. A partir del momento en que se emite la sentencia, se considera resuelto el conflicto o pleito que motivó el proceso.

  3. La sentencia es la resolución final emitida por un juez o tribunal, en la que se establece el fallo y las consecuencias legales de un caso. En ella se determina si una persona es culpable o inocente, así como las sanciones o indemnizaciones que deben aplicarse.

  4. 21 de feb. de 2023 · La sentencia tiene tres partes: expositiva, considerativa y resolutiva. El artículo 122 del Código Procesal Civil indica que la redacción de cada parte se realice de forma separada. Sin embargo, en cada instancia o grado de impugnación la parte resolutiva de la sentencia tiene un contenido distinto.

  5. Una sentencia es una resolución final o decisión de carácter obligatorio tomada por un juez. En general, se establece después de un proceso legal para determinar su culminación. De hecho, la sentencia refleja todo lo aportado por las partes en el proceso legal establecido.

  6. La sentencia es la resolución judicial que contiene la decisión del juez o el tribunal interviniente sobre el fondo de la cuestión que se le ha encargado juzgar. La sentencia es definitiva cuando es tomada en un juicio (litis) y pone fin a la intervención de ese juez o tribunal en ese juicio.

  7. 26 de oct. de 2021 · La doctrina entiende que la sentencia es la «decisión judicial que, normalmente, pone fin al proceso de cognición, en cualquier instancia, y por el cual el órgano jurisdiccional satisface las pretensiones y resistencias deducidas por las partes, aplicando el ordenamiento jurídico» (Hutchinson, 2009, p. 195).

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