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  1. Último cambio 14 enero 2024. La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el valor en soles establecido por el Estado para determinar impuestos, infracciones, multas y otros aspectos tributarios. Algunos montos se expresan en cantidades (5 UIT's) o porcentajes (20% UIT).Cabe señalar que el valor de la UIT...

  2. 28 de dic. de 2023 · El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha establecido el nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2024. Este ajuste, detallado en el decreto supremo N.º 309-2023-EF,...

  3. Para efectos de retenciones y pagos a cuenta del Impuesto a la renta, el valor de la UIT, aplicable a partir del mes de julio de 1993 será de S/. 1,700.00 (R.M. No 125 -93-EF/15). Para los casos del Reg. Simplificado del IGV (D. Ley 25748) será S/. 1,350.00. FUENTE : DIARIO OFICIAL "EL PERUANO" - BCRP - INEI.

  4. Unidad Impositiva Tributaria - UIT. VALOR (S/.) Para la determinación del Impuesto a la Renta por el ejercicio 1996 se utiliza el promedio anual del valor de la UIT S/.2183. Aplicable para retenciones y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

  5. OFICINA DE COMUNICACIONES. 24 de diciembre de 2022 - 11:33 a. m. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante Decreto Supremo N° 309-2022-EF, aprobó en S/ 4 950 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que regirá durante el año 2023, como índice de referencia en normas tributarias.

  6. 24 de dic. de 2022 · Artículo 1.- Aprobación de la UIT para el año 2023. Durante el año 2023, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Novecientos Cincuenta Soles (S/ 4 950). Artículo 2.- Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

  7. 15 de dic. de 2020 · Aprobación de la UIT para el año 2021. Durante el año 2021, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Cuatrocientos y 00/100 Soles (S/ 4 400,00). Artículo 2. Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

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