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Las retribuciones que se asignen los propietarios de las empresas unipersonales constituyen rentas de tercera categoría (tercer párrafo del artículo 14° de la Ley y numeral 4 del inciso c) del artículo 20° del Reglamento). e) Las demás rentas que obtengan las personas jurídicas a que se refiere el artículo 14º de la Ley y las