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  1. 20210708_VIVIENDA.indd. Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS. EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU. Fecha: 08/07/2021 08:24:16. “AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA”. Jueves 8 de julio de 2021. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 191-2021-VIVIENDA.

  2. i) En zonas de circulación se debe evitar que el giro de las hojas de las ventanas interfiera y generen barreras arquitectónicas. j) Las circulaciones en las edificaciones deben cumplir con una altura mínima de 2.10 m libre de obstáculos. k) Evitar elementos adosados a los muros que sobresalgan e invadan la circulación y

  3. Para el caso de edificaciones que se encuentren retiradas de la vía pública en más de 20 m, la solución arquitectónica, debe incluir al menos una vía que permita la accesibilidad de vehículos de emergencia, con una altura mínima y radios de giro según la tabla adjunta y a una distancia máxima de 20 m de la edificación más alejada:

  4. Limite de baranda Limite de rampa Limite de baranda Limite de rampa 0.85 a 0.90 1.00 Planta Gráfico 1a 0 0.85 a 0.90 niveles de 6 mm. y 13 mm. deben ser biselados, con una pendiente no mayor de 1:2, y los desniveles superiores a 13 mm. deben ser resueltos mediante rampas. d) Las rejillas de ventilación de ambientes bajo el piso y que se

  5. %PDF-1.3 %âãÏÓ 2 0 obj /CreationDate (D:20090513145826-05'00') /ModDate (D:20090513145826-05'00') /Producer (BCL easyPDF 5.10 \(0420\)) /Creator (Nitro PDF 5.1 ...

  6. 29 de dic. de 2012 · g) El radio de giro de las rampas será de 5,00 m medidos al eje del carril de circulación vehicular. eje del carril de circulación vehicular R =5m. REGIONAL LIMA CAP. REGLAMENTO...