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  1. 3 de feb. de 2022 · Conforme al Artículo 461 del CC La patria potestad se acaba: 1.Por la muerte de los padres o del hijo. 2-Al Cesar la incapacidad del hijo conforme al artículo 46. 3.Por cumplir el hijo dieciocho años de edad.

  2. 24 de feb. de 2023 · La patria potestad se extingue cuando se produce alguno de los siguientes supuestos: Por la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres o del hijo. Por la emancipación. Por la adopción del hijo. Por sentencia judicial.

  3. Es importante recalcar que la patria potestad la ejercen aquellos progenitores que hayan reconocido legalmente a sus hijos, es decir una vez se haya establecido la filiación y de manera normal se extinguirá cuando el hijo cumpla los 18 años, sin embargo, no es la única causales de cese.

  4. 19 de oct. de 2020 · La patria potestad, como cualquier otro derecho, encuentra sus límites plasmados legislativamente. Así tenemos a las causales de extinción de la patria potestad, a las causales de pérdida de la patria potestad y a las causales de privación de la patria potestad.

  5. 12 de jul. de 2022 · La patria potestad y la tenencia son instituciones de amparo al menor muy antiguas del derecho romano que buscan “salvaguardar el interés superior del niño”, los cuales se encuentran...

  6. 12 de dic. de 2022 · En la secuencia Familia y Justicia, recordó que la patria potestad es irrenunciable y solo puede ser suspendida o extinguida al padre por orden judicial.

  7. 17 de dic. de 2022 · Cabe resaltar que, cuando una madre o padre pierde la patria potestad, se les retiran todos los derechos y obligaciones, excepto el cumplimiento del derecho de una pensión alimenticia.