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10 de may. de 2022 · Diferencias de indignidad y desheredación. La indignidad contempla como causales actos contra el causante o sus herederos, en la desheredación recoge las conductas deshonrosas o inmorales en general. La desheredación se absuelve mediante la revocación y la indignidad mediante el perdón.
Las diferencias entre la indignidad y la desheredación resultan, así, las siguientes: a. La indignidad se aplica tanto en la sucesión intestada como en la testamentaria; la desheredación funciona solo en esta última. b. La indignidad puede ser invocada por cualquier coheredero y no por
denomina «indignidad» y «desheredación». Entre ambos institutos hay semejanzas, como también diferencias, que justifican su trato paralelo en nuestro ordenamiento jurídico. La indignidad, según Lafaille— citado por Holgado Valer (1985, pp. 110-111)— , es una íorma de exclusión de la herencia, en virtud de la cual el llamado ...
El causante puede desheredar por indignidad a su heredero forzoso conforme a las normas de la desheredación y puede también perdonar al indigno de acuerdo con dichas normas. La indignidad es personal. Los derechos sucesorios que pierde el heredero indigno pasan a sus descendientes, quienes los heredan por representación.
1.3.1 La indignidad y sus causas Respecto a la indignidad para suceder, se trata de la incapacidad para suceder por testamento como consecuencia de conductas reprochables consideradas indignas u otros actos especialmente graves en contra del difunto o de algunos familiares concretos. En el