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  1. 26 de oct. de 2021 · El siguiente texto presenta tres tipos de extinción de la relación laboral: por voluntad de una de las partes, de ambas o por causas ajenas

  2. content.lpderecho.pe › wp-content › uploadsDESPIDO LABORAL

    Conforme lo establece el inciso g) del artículo 16 del Texto Único Ordenado del De-creto Legislativo Nº 728, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR - Ley de Produc - tividad y Competitividad Laboral (en adelante, LPCL), el despido es causa de extinción del contrato de trabajo, en otras palabras, el despido es una forma legalmente estable-

  3. Willman Meléndez Trigoso. •«Supone la ruptura definitiva del vínculo obligacional entre trabajador y empleador. La terminación de la relación cesa la obligación empresarial de seguir abonando la remuneración, así como cesa la obligación del trabajador de seguir prestando sus servicios». Definición.

  4. extinción del contrato de trabajo supone la ruptura definitiva del vínculo obligacional entre trabajador y empleador. La terminación de la relación cesa la obligación empresarial de seguir abonando la remuneración, así como cesa la obligación del trabajador de seguir prestando sus servicios. 485.

  5. INTRODUCCIÓN. L a extinción del contrato de trabajo supone la ruptura def‌i nitiva del. vínculo obligacional entre trabajador y empleador. La terminación de. la relación cesa la obligación empresarial de seguir abonando la remu- neración, así como cesa la obligación del trabajador de seguir prestando sus. servicios.

  6. De acuerdo con el art. 46o de la LPCL, son causas objetivas para la terminación del contrato de trabajo: El caso fortuito y la fuerza mayor. Los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos. La disolución y liquidación de la empresa y la quiebra.