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  1. PAGO. Debido a que la finalidad principal de la obligación tributaria es su cancelación, el pago corresponde al método más sencillo y directo para la extinción de cualquier deuda considerando siempre la forma y plazos correspondientes.

  2. Por ejemplo; existen obligaciones que solo se extinguen con el simple hecho de presentar una declaración de impuestos o bien, permitir alguna visita domiciliaria sin que su cumplimiento conlleve necesariamente a la entrega de una cantidad económica a las autoridades hacendarias.

  3. 17 de sept. de 2017 · Los medios de extinción que consideramos son los más comunes, son los siguientes: pago ; compensación ; condonación ; cancelación de créditos fiscales ; remate y adjudicación fiscal de bienes ; dación en pago ; confusión ; imposibilidad de cumplir ; baja ; prescripción ; caducidad.

  4. El Código Tributario establece que la obligación tributaria se extingue por los siguientes medios: Pago. Compensación. Condonación. Consolidación. Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa. Otros que se establezcan por leyes especiales.

  5. Estos incluyen el pago, la compensación, la condonación, la prescripción y la resolución de controversias. El pago es el método más común para extinguir una obligación tributaria, y puede realizarse de diversas formas, incluyendo el pago en efectivo, con cheques, transferencias bancarias, entre otros.