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  1. 6 de ene. de 2024 · Artículo 19.- Derecho al nombre. Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos. Concordancias. C: art. 2.1; CC: arts. 23-26; CPC: arts. 826-829; CNA: arts. 6, 7; DL 837: art. 1; DS 035-93-JUS: art. 1; DS 015-98-PCM: art. 3; Ley 26497: arts. 26, 27, 30- 32; Ley 27411: arts. 1, 2; Ley 29312: art. 1.

  2. El nombre en derecho civil es un elemento esencial de la identidad de una persona y tiene implicaciones legales significativas. En este artículo, exploraremos en detalle qué es el nombre en derecho civil, cómo se regula legalmente, y cuáles son sus implicaciones en cuestiones legales y sociales.

  3. 1.3) Elementos del nombre. El nombre, desde el punto de vista de su estructura, es un todo, un cuerpo compuesto o unidad. Así lo han entendido los estudiosos del derecho, que el nombre esta constituido por dos elementos que son; el prenombre o nombre de pila y los apellidos. Por eso cuando hablamos del nombre,

  4. el cambio sólo procede cuando la modificación del estado civil lo autoriza, Ver Gr., El matrimonio de la mujer, la adopción, etcétera; efectivamente, el nombre y apellido no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos (así, en la Argentina, según la ley 18248); 7) en indivisible, en cuanto la persona tiene el derecho y el deber de ...

  5. El nombre tiene dos dimensiones: como un derecho humano que se vincula con la identidad y como herramienta para poder reclamar to-dos los demás derechos. La posibilidad de ejercer este derecho se ma-terializa en el acta de nacimiento, pues una de las características del derecho al nombre es la obligación que se impone a quien lo lleva, de

  6. Nuestro Código Civil indica en su artículo 19 que: “Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos”. Según Rubio (1992) el ser humano tiene el derecho de ser identificado por su nombre y, a la vez, la obligación de identificarse con él (p. 115).

  7. Lima, Perú: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Derecho y Ciencia Política, Unidad de Posgrado, 2014. 191 h. Analiza el cambio de nombre en el derecho civil peruano, incluyendo tanto el cambio de prenombres como el cambio de apellidos.