Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. El nombre es un atributo de la personalidad, el modo de individualizar a una persona dentro de una comunidad determinada, para el ejercicio de sus derechos. En las personas naturales, el nombre es uno de los derechos fundamentales, desde el nacimiento, [1] y se integra al sujeto de derecho durante toda su existencia y continúa ...

  2. Nombre. El nombre es la designación exclusiva que corresponde a cada persona. Perreau lo define como "el termino que sirve para designar a las personas de una manera habitual". El nombre permite, por si sólo o con otras circunstancias, la identificación de cada persona en relación con las demás. El hombre constituye un valor en lo ...

  3. El nombre en derecho civil es un elemento esencial de la identidad legal de una persona y tiene un papel fundamental en asuntos legales y administrativos. Su comprensión y regulación adecuadas son cruciales para garantizar la precisión y validez en transacciones legales y documentos oficiales.

  4. El nombre tiene dos dimensiones: como un derecho humano que se vincula con la identidad y como herramienta para poder reclamar to-dos los demás derechos. La posibilidad de ejercer este derecho se ma-terializa en el acta de nacimiento, pues una de las características del derecho al nombre es la obligación que se impone a quien lo lleva, de

  5. 6 de ene. de 2024 · Artículo 19.- Derecho al nombre. Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos. Concordancias. C: art. 2.1; CC: arts. 23-26; CPC: arts. 826-829; CNA: arts. 6, 7; DL 837: art. 1; DS 035-93-JUS: art. 1; DS 015-98-PCM: art. 3; Ley 26497: arts. 26, 27, 30- 32; Ley 27411: arts. 1, 2; Ley 29312: art. 1.

  6. El derecho al nombre. 25 de julio de 2008 Publicado por Hilda. El nombre es un atributo de la personalidad. No debe existir persona sin nombre, ya que es un rasgo identificatorio. Los ciudadanos romanos tenían como privilegio el derecho de usar la tria nomina (los tres nombres).

  7. Resumen. El nombre tiene una doble naturaleza jurídica, está claramente reconocido como un atributo de la personalidad (perspectiva civilista) y como un derecho humano. Sin embargo, aun cuando se trata de un derecho de las personas, la elección de éste siempre es una potestad de terceras personas (por regla general los progenitores).

  1. Búsquedas relacionadas con el nombre en el derecho

    el nombre en el derecho civil