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  1. 5 de feb. de 2019 · La aprobación de las solicitudes de goce vacacional debe cautelar que la programación del período vacacional completo o la suma de todos los periodos fraccionados no genere un descanso vacacional mayor a treinta (30) días calendarios; en ese sentido, deberá observarse lo siguiente:

  2. 14 de jun. de 2023 · Un empleado tiene derecho a 30 días de vacaciones anuales pagadas ininterrumpidas. En los casos generales, la ley no permite la división de las vacaciones. Sin embargo, el trabajador puede presentar una solicitud por escrito al empleador para dividir las vacaciones en períodos más cortos.

  3. vacacional. 1. ¿En qué consiste el descanso vacacional? En el régimen laboral general de la actividad privada, el trabajador tiene derecho. a treinta (30) días naturales de descanso vacacional por año de servicios, condicionado esencialmente al cumplimiento de los siguientes requisitos: Que el trabajador cumpla una jornada laboral mínima de cuatro.

  4. 27 de oct. de 2021 · Para poder gozar de las vacaciones se debe cumplir con dos requisitos: cumplir un año laboral y cumplir el récord vacacional. Se deben disfrutar 30 días de vacaciones, pero se pueden fraccionar, acumular o reducir (vender). Si el trabajador no goza de vacaciones tiene derecho a acceder a la triple vacacional.

  5. En Perú, el número de días de vacaciones para el año 2023 sigue siendo de 30 días hábiles. Según la normativa laboral peruana, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de este período de descanso remunerado después de completar un año de trabajo continuo para el mismo empleador.

  6. El trabajador de la actividad privada, comprendido en la legislación laboral común, tiene derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios.

  7. 12 de sept. de 2018 · Los servidores tienen derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de treinta (30) días calendario por cada año completo de servicios. La oportunidad del descanso vacacional se fija de común acuerdo entre el servidor y la entidad.