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  1. Este documento analiza el control de convencionalidad como principio de la protección de derechos humanos en América Latina, y cómo es una consecuencia de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se explica la diferencia entre el control concentrado y el control difuso de convencionalidad, y se presentan casos ilustrativos de cada uno.

  2. Resumen. El presente artículo desarrolla un estudio del concepto, fundamento y origen del control de convencionalidad. Asimismo, explica los casos en los que se ha aplicado el referido control dentro del sistema jurídico peruano, entre los cuáles tenemos: Barrios Altos (1995), Portilla Guarniz (2017), Anticonceptivo Oral de Emergencia (2019 ...

  3. Un libro que analiza el control de convencionalidad en la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos en los países de la región. Incluye estudios sobre el origen, el desarrollo, los avances y los desafíos de este mecanismo de protección en cada país.

  4. 3.5.3 Control de convencionalidad concentrado ..... 233 3.5.3.1 Ejemplos de control de convencionalidad en sentido concentrado ..... 235 3.6 USO DEL CANON INTERAMERICANO: APLICACIÓN DIRECTA E INTERPRETATIVA DEL CANON INTERAMERICANO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TC PERUANO..... 239

  5. En primer lugar, un control concentrado de convencionalidad que estaría a cargo de la Corte Interamericana (órgano controlador), quien es competente para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de las disposiciones de la Convención Americana (parámetro principal de control).

  6. Este artículo analiza el control de convencionalidad como instrumento de diálogo judicial interamericano para la protección de los derechos humanos. Se examina el fundamento, el parámetro, las características, los efectos y la implementación del control en el ordenamiento jurídico de Costa Rica.

  7. 1. Introducción. El control de convencionalidad es una institución que ha devenido en una he-rramienta de comunicación entre la Cor-te Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte Interamericana) y los tribunales de los Estados parte de la Con-vención Americana de Derechos Humanos (en adelante Convención Americana).