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  1. 9 de may. de 2022 · El Código Civil en el artículo 712, indica que pueden otorgar testamento militar: Miembros de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Policiales, que en tiempo de guerra estén dentro o fuera del país, acuartelados o participando en operaciones bélicas

  2. 27 de ene. de 2024 · Artículo 691.- Tipos de testamento. Los testamentos ordinarios son: el otorgado en escritura pública, el cerrado y el ológrafo. Los testamentos especiales, permitidos sólo en las circunstancias previstas en este título, son el militar y el marítimo. Concordancias. CC: arts. 696, 699, 707, 712, 716; CPC. art. 817; Ley 27261: art. 74.g.

  3. 19 de may. de 2021 · Trámite del testamento militar. De acuerdo con el artículo 714 del CC tenemos que: Artículo 714.- Trámite del testamento militar. El testamento militar se hará llegar, a la brevedad posible y por conducto regular, al respectivo Cuartel General, donde se dejará constancia de la clase militar o mando de la persona ante la cual ha ...

  4. Derecho Civil, Herencias. El testamento militar es un documento que pueden otorgar militares en campaña, así como voluntarios, rehenes, prisioneros u otras personas que estén al servicio del ejército o que lo sigan en tiempos de guerra. Este testamento deberá hacerse ante un militar que tenga al menos el rango de capitán.

  5. Según el art. 691º, los testamentos ordinarios son el otorgado por escritura pública, el cerrado y el ológrafo, mientras que los testamentos especiales son los permitidos según las circunstancias previstas por el mismo Código, que reconoce el testamento militar y el testamento marítimo.

  6. Los alcances jurídicos del testamento militar y sus efectos en la masa hereditaria en el Código Civil Peruano. Ver/ T_MAESTRIA EN DERECHO CIVIL_42184758_RAMOS_BUENO_DIONICIO EDUARDO.pdf (2.550Mb) AUTORIZACIÓN_RAMOS BUENO, EDUARDO.pdf (515.4Kb) Fecha. 2016-08-24. Autor. Ramos Bueno, Dionicio Eduardo. Metadatos. Mostrar el registro completo del ítem.

  7. Testamento militar. Derecho Civil, Herencias. Un testamento militar se refiere a un documento legal en el cual un integrante de las fuerzas armadas expone sus deseos en el evento de su fallecimiento mientras está en servicio activo, particularmente en situaciones de conflicto o guerra.