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  1. 31 de mar. de 2020 · Una paralización de obra se puede dar por diferentes factores que afecten directamente a la ejecución de la obra, ya sean atribuibles a la Entidad, al Contratista o a ninguna de ellas, como por ejemplo se puede paralizar una obra cuando: falta la designación del Inspector o Supervisor de obra (atribuible a la Entidad), falta de permisos que ...

  2. Los participantes se encontrarán en condiciones de conocer las obligaciones y los derechos que asume el contratista durante la fase de ejecución contractual, en los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios.

  3. 22 de feb. de 2024 · No. De hecho, el contratista y la Entidad pueden acordar diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra cuando: El clima impida el inicio de la ejecución de la obra, hasta la culminación de dicho evento; La Entidad se encuentre imposibilitada designar al inspector o supervisor.

  4. acredite objetivamente sustentado que el retraso en la ejecución de una obra no le es imputable, se le puede calificar como retraso justificado y, como consecuencia de ello, no serle aplicable la penalidad por mora en la ejecución de la prestación cuando el contratista lo solicite, tal como se contempla en las

  5. ajenas a la voluntad del contratista, que pueden impedir que la obra se culmine en el plazo inicialmente pactado. Ante dicha situación, la normativa de Contrataciones del Estado señala que el contratista puede solicitar una ampliación de plazo. En esa línea, el numeral 34.5 del artículo 34 de la Ley establece que: “El contratista puede ...

  6. 18 de feb. de 2021 · De esta manera, la forma idónea de justificar el retraso es mediante la solicitud de ampliación de plazo presentada en la oportunidad señalada en la normativa; en adición a ello, la norma establece que el contratista puede solicitar a la Entidad no aplicar la penalidad por mora al haberse configurado un retraso justificado bajo los ...

  7. 17 de sept. de 2020 · En el derecho español, en el arrendamiento de obra, la persona para la que se ejecuta la obra (dueño de la obra), está obligada a pagar el precio estipulado; y la persona que deba realizar la obra, contratista, está obligada a realizar y entregar la obra. El contrato de obra se distingue del arrendamiento entonces, porque en aquel el ...