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  1. 19 de abr. de 2020 · Un estudio sobre la naturaleza y el contenido del derecho a la prueba, un contenido implícito del derecho al debido proceso, según la Constitución y la ley peruanas. Se analizan los aspectos subjetivos y objetivos, los sujetos titulares y obligados, y los medios probatorios que protege este derecho.

  2. 13 de feb. de 2022 · El derecho a la prueba es de configuración legal, es decir, que para su pleno ejercicio se debe realizar en la oportunidad y en el modo en que el legislador lo ha previsto. Dentro del proceso penal común, el Ministerio Público deberá ofrecer sus medios de prueba al momento que formula su requerimiento acusatorio.

  3. 22 de abr. de 2022 · El derecho a la prueba a su vez, está considerado y reconocido como un derecho fundamental, y se halla integrado por cuatro derechos específicos: a) A ofrecer oportunamente pruebas, b) A que se admitan las pruebas pertinentes, c) A que se actúen las mismas en forma regular y controlada,

  4. Contenido o alcance del derecho a la prueba. Derecho a que se admita toda aquella prueba que, propuesta por alguna de las partes, respete los límites inherentes a la actividad probatoria y los debidos a los requisitos legales de proposición.

  5. El Tribunal Constitucional menciona que: El derecho a probar no solo está compuesto por el derecho a ofrecer medios probatorios que se consideren necesarios, sino también a que estos sean admitidos, adecuadamente actuados.

  6. content.lpderecho.pe › wp-content › uploadsLa prueba en el proceso

    Derecho a la prueba – admisión. Los requisitos con los que debe cumplir la prueba para ser admitida son: Pertinencia: relación con los hechos que conforman la base fáctica de las pretensiones o las afirmaciones de hecho de la teoría del caso. Utilidad: que sea útil para acreditar (determinar) la “porción de la historia” de la parte que la ofrece.

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