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  1. Solicita el Certificado de vigencia de poder de personas jurídicas, íntegramente por Internet, desde el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). Solo necesitarás ingresar con tu usuario y contraseña. En caso no tengas una cuenta, podrás crearte una sin costo alguno.

  2. 21 de mar. de 2018 · El plazo para atender la vigencia de poder del Registro de Personas Jurídicas es de tres (3) horas, siempre que se cumpla con los siguientes presupuestos: Que el certificado sea solicitado hasta antes del mediodía.

  3. Solicita certificado de vigencia de poder. En un plazo máximo de 3 días te llegará un mensaje a tu correo electrónico, avisándote que tu certificado de vigencia de poder está listo. Podrás tener acceso al documento haciendo clic al enlace incluido en el mensaje.

  4. 5 de mar. de 2019 · El plazo para atender la vigencia de poder del Registro de Personas Jurídicas es de tres (3) horas, siempre que se cumpla con los siguientes presupuestos: Que el certificado sea solicitado hasta antes del mediodía.

  5. El plazo para resolver es de tres (03) días hábiles. Tasa. La tasa es del 0.60% de la U.I.T. Base Legal. Artículo 17 inciso e), 103, 104, 105 y 107 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral aprobado por Resolución N° 281-2015-SUNARP-SN (03/11/2015).

  6. Podrá ser veri cada durante 90 días posteriores a su emisión. Sunarp o directamente con tarjeta. Aló Sunarp 0800-27164. OPCIÓN 3. (Línea gratuita desde teléfonos fijos y celulares). consultas@sunarp.gob.pe. Ministerio de Jus y Derechos Humanos.

  7. Para su Registro de Personas Jurídicas, la Sunarp emite el Certificado de vigencia de poder de personas jurídicas, que podrás gestionar íntegramente por Internet, mediante nuestro Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).