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  1. 12 de oct. de 2021 · Según la definición legal, el derecho de superficie es el derecho real por el cual «el superficiario goza de la facultad de tener temporalmente una construcción en propiedad separada sobre o bajo la superficie del suelo». Este derecho no puede durar más de noventinueve años.

  2. 21 de ago. de 2020 · En síntesis, podemos definir al derecho de superficie como aquel derecho real, transmisible y temporal en el que una parte denominada concedente (propietario) le confiere a otra, denominada superficiaria, la facultad de construir y mantener una edificación en suelo ajeno (sobre o debajo) por un periodo determinado, luego del cual ...

  3. un derecho de superficie? ¿La extensión de la superficie puede ser mayor al terreno? ¿Puede resolverse un contrato de superficie sobre el que se inscribió una hipoteca o una medida cautelar? ¿Qué tributos gravan una operación en la que se utilice un derecho de superficie? ¿Se debe indicar la existencia de una superficie al momento de ...

  4. DERECHO DE SUPERFICIE. Concepto. La superficie constituye un derecho real mediante el cual un sujeto llamado superficiario goza de la facultad de tener temporalmente una construcción en propiedad separada sobre o debajo de la superficie del suelo que tiene como propietario al superficiante.

  5. El derecho de superficie es un derecho real que comprende una serie de facultades, en favor de su titular, semejantes a las de la propiedad, con exclusión monopolística tal que exterioriza una naturaleza jurídica asimilable a la que se manifiesta en el [dominio]; así, por ejemplo, el derecho de superficie permite a su titular ...

  6. El Derecho de Superficie. Luis Felipe Del Risco Sotil Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor de Derecho Civil en la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especialista en materia inmobiliaria, civil, comercial y administrativa.

  7. El derecho de superficie es un término jurídico que se refiere al derecho de una persona de construir o mantener una edificación en un terreno que no le pertenece. Este derecho permite al titular de la edificación utilizar y aprovechar el terreno durante un período determinado, generalmente a cambio de una contraprestación económica.