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  1. Relaciones paterno-filiales. La relación paterno-filial es el vínculo directo e inmediato (en primer grado) que une a padres e hijos y que se conoce también con el nombre técnico de filiación. En términos generales, la necesaria concurrencia de padre y madre en la concepción y gestación de los hijos determina que pueda diferenciarse ...

  2. 5 de ene. de 2024 · Las medidas paternofiliales abarcan aspectos como el ejercicio de la patria potestad, la determinación de la guarda y custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos, etc. El objetivo principal de las medidas paternofiliales es proteger los derechos e intereses de los hijos menores de edad, conforme al principio favor filii.

  3. 4 de oct. de 2021 · Relaciones Paterno Filiales. Artículo 170 del Código Civil. El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.

  4. relación paternofilial. Civ. Vínculo directo e inmediato que une a padres e hijos, derivado de la filiación y que lleva aparejado un conjunto de deberes y obligaciones de los progenitores por el mero hecho de serlo respecto de todos los hijos, sean matrimoniales o extramatrimoniales.

  5. Las medidas paterno-filiales son un conjunto de disposiciones legales que regulan las responsabilidades y derechos de los padres en relación con sus hijos menores de edad. Estas medidas abarcan aspectos fundamentales como la custodia, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y la toma de decisiones importantes en la vida del menor.

  6. Las relaciones paterno filiales son el derecho que tienen los padres y las madres a relacionarse con el o la menor aunque esten separados o divorciados. En algunos casos, también se reconoce el derecho a relaciones filiales con las abuelas y los abuelos, así como con las y los tíos.

  7. 12 de may. de 2022 · Las medidas paternofiliales son básicas en el Derecho de Familia y en muchos procedimientos judiciales, los cuales se desarrollan después de la ruptura entre una pareja que tiene en común uno o más hijos menores de edad.