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  1. 23 de nov. de 2023 · La presente ley tiene por objeto ampliar el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y para el pago del impuesto a la renta (IR) de las personas naturales y de las micro y pequeñas empresas (mype), a nivel nacional.

  2. 22 de nov. de 2023 · La presente ley tiene por objeto ampliar el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y para el pago del impuesto a la renta (IR) de las personas naturales y de las micro y pequeñas empresas (mype), a nivel nacional.

  3. 24 de nov. de 2023 · Con la promulgación de la Ley 31940 se amplía el plazo hasta junio del 2024, es decir, por tres meses, para realizar la Declaración Jurada Anual y el pago del Impuesto a la Renta (IR).

  4. 31 de dic. de 2023 · Por el ejercicio gravable 2023, los deudores tributarios no comprendidos dentro de los alcances de la Ley N° 31940 presentan la Declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:

  5. leyes.congreso.gob.pe › Documentos › 2021_2026CONGRESO DE LA REPÚBLICA

    La presente ley se aplica a las personas naturales y a las micro y pequeñas empresas (mype) del régimen general del impuesto a la renta (IR) y del régimen mype tributario. Comprende a las micro y pequeñas empresas deinidas en el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento

  6. El Congreso de la Republica dispuso ampliar el plazo para la presentacion de la declaracion jurada anual y para el pago del Impuesto a la Renta (IR) de las personas naturales y de las Micro y Pequenas empresas (mype), a nivel nacional.

  7. Estos nuevos plazos toman en consideración lo establecido por la Ley N° 31940, que amplía el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de las personas naturales cuyos vencimientos van desde el 27 de mayo al 11 de junio, según el último dígito del RUC.