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  1. La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas se complace en presentar con esta edición, el texto actualizado de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento.

  2. Constituye Servicio Público de Electricidad, el suministro regular de energía eléctrica para uso colectivo, hasta los límites de potencia que serán fijados de acuerdo a lo que establezca el Reglamento.

  3. Resolución Ministerial N.° 002-2022-MINEM/DM. 5 de enero de 2022. Publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28028, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante. Esta norma pertenece al compendio Proyectos Normativos del MINEM.

  4. Las disposiciones de la presente Ley norman lo referente a las activi-dades relacionadas con la generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica. El Ministerio de Energía y Minas y el OSINERG en representación del Estado, son los encargados de velar por el cumplimiento de la presente Ley, quienes podrán

  5. establecido en el Artículo 53 de la ley." CONCORDANCIAS: D.S. Nº 022-2009-EM (Aprueban Reglamento de Usuarios Libres de Electricidad) Artículo 9.-El Estado previene la conservación del medio ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación, así como el uso racional de los recursos naturales en el desarrollo de las actividades

  6. La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas presenta la versión actualizada de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento; la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica y sus Reglamentos.

  7. Apruébese el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas --Decreto Ley N° 25844, que consta de 11 títulos, 239 artículos y 10 disposiciones transitorias, el cual forma parte del presente Decreto Supremo.