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  1. 12 de feb. de 2021 · 3.4. Oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda. La excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda es curiosamente una excepción de antigua data en el proceso civil peruano. Estaba consignada en la Ley de Enjuiciamiento en Materia Civil de 1852.

  2. Así pues, una de éstas, es la Excepción de Oscuridad o Ambigüedad en el Modo de Proponer la Demanda, la misma que consiste en denunciar los defectos que pudiera detectar el demandado en relación a los requisitos de la demanda, procediendo en una diversidad de supuestos, verbigracia no cumpla con establecer las pretensiones con precisión ...

  3. Con fecha 10 de abril de 2019, la asociación demandada deduce las excepciones de prescripción extintiva, de incompetencia, de falta de agotamiento de la vía previa y de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda; asimismo, contesta la demanda expresando que la pretensión demandada es de naturaleza civil y que, por ello, no puede se...

  4. Excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda. Alega que al versar la demanda sobre indemnización por daños y perjuicios derivados de una responsabilidad civil extracontractual, y que en el caso fuere declarado fundada esta misma debe fijarse en moneda nacional, y no en moneda extranjera.

  5. 20 de dic. de 2023 · El demandado sólo puede proponer las siguientes excepciones: 1.- Incompetencia; 2.- Falta de capacidad de ejercicio del demandante o de su representante, de acuerdo al artículo 43 del Código Civil. 3.- Representación defectuosa o insuficiente del demandante o del demandado; 4.- Oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda; 5.-

  6. 31 de oct. de 2023 · Es materia de pronunciamiento las excepciones de falta de legitimidad para obrar del demandado, oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda y Litispendencia y la contradicción formulada por la ejecutada Katia Noemi Meza Caballero, mediante escrito de fojas cien al ciento nueve.

  7. Nuestro tema de estudio se centra en la excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda, incidiendo en que su actual regulación vulnera frontalmente el derecho de defensa del demandado.