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  1. El derecho real se define como un derecho que atribuye a su titular un poder inmediato y directo sobre una cosa, y que tiene efectos frente a todos. Se contrapone a los derechos personales o de obligaciones, por los que el titular solo tiene poder en relación con un sujeto pasivo determinado. El titular de un derecho real tiene las facultades ...

  2. El derecho real de superficie en el nuevo Código Civil y Comercial. Respetando los antecedentes ya enunciados el art. 2114 del CCyC que lo define como “un derecho real temporario, que se constituye sobre un inmueble ajeno, que otorga a su titular la facultad de uso, goce y disposición material y jurídica del derecho de plantar, forestar o construir, o sobre lo plantado, forestado o ...

  3. 9 de oct. de 2021 · Los únicos derechos reales sobre bien propio son la propiedad (denominada también dominio), la copropiedad, la propiedad horizontal, la multipropiedad. Todos los demás derechos reales son sobre bien ajeno (derecho de superficie, usufructo, uso, etc.). En la doctrina se habla también de derechos reales sobre bien sin dueño (res nullus).

  4. con un derecho real (dominio desmembrado, ej. Servidumbre, usufructo, etc). De particulares o del Estado.- y éstas últimas se dividen en cosas de dominio público o privado del Estado. Las cosas del dominio público son las que pertenecen al Estado como órgano político y son de uso común o están afectadas a un fin común (ej. una

  5. vlex.com.co › tags › desmembracion-propiedad-218051desmembracion propiedad

    El fraccionamiento o desmembración de la propiedad deja al dueño con un escaso derecho (la nuda propiedad, o ... La precariedad en la gestión de los bienes de uso público. Entre la conservación y la explotación de los bienes de uso público. Derecho administrativo de bienes.

  6. Cuando el derecho de usufructo, como derecho real de goce limitativo del dominio, es objeto de transmisión a un tercero o de constitución en pro de éste (reteniendo el transmitente la nuda propiedad), genera una efectiva traslación del haz de facul­tades que lo conforman y, por tanto, un incremento de patrimonio o de valor en beneficio del adquirente (incremento que sí es susceptible de ...

  7. Derechos Reales. La estructura del derecho real está compuesta por un sujeto, una cosa y un poder sobre esa cosa. Son aquellos derechos que se tienen sobre una cosa sin respecto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca.