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  1. Si eres un trabajador que percibe rentas de trabajo (cuarta o quinta categoría) y la Sunat determina al final del año que tienes un saldo a tu favor (el impuesto retenido es mayor al que te corresponde pagar), la entidad tributaria te devolverá este monto sin necesidad de que realices algún trámite, a esto se le llama Devolución de oficio y se aplica desde el 2017.

  2. Suspensión de Retenciones y Pagos del Impuesto a la Renta. Tienes derecho a solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año no superarán el monto de S/ 45,063.00, salvo, se trate de rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares, en cuyo caso el monto que no ...

  3. Los servicios de agencias de viajes y turismo, servicios de agencias operadoras de viajes y turismo, servicios de guías de turismo, servicios de centros de turismo termal y/o similares y servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares, prestado por personas naturales con negocio o empresas: 25% del gasto efectuado.

  4. 27 de may. de 2024 · Si eres trabajador independiente (rentas de cuarta categoría) o estás en planilla (rentas de quinta categoría) y el año 2023 generaste ingresos por rentas de trabajo, debes presentar la declaración jurada anual 2023 del impuesto a la renta.Presenta la declaración a partir del 13 de mayo de 2024 hasta el día del vencimiento, según el último dígito de tu RUC de acuerdo al siguiente ...

  5. Si percibes exclusivamente rentas de 4ta categoría por funciones de directores de empresa, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas, regidores o similares, o perciban dichas rentas y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías. La suma de tus rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes. S/ 3,004.00

  6. Descripción. Si eres un trabajador independiente o en planilla (es decir generas renta de cuarta y/o quinta categoría), y producto de la determinación anual del Impuesto a la Renta (IR) resulta un saldo a tu favor, puedes solicitar su devolución.. Ten en cuenta que para el cálculo de tu renta anual debes incluir como gastos adicionales los siguientes:

  7. Ingresa con tu clave SOL, en la opción "Personas" y selecciona las siguientes opciones “Otras declaraciones y solicitudes/Aportes y retenciones/Consulta de Contribuciones y Retenciones/Consulta de Contribuciones y Retenciones. Para continuar selecciona los ítems EsSalud, ONP y/o Renta, y el periodo a consultar (máximo de 6 meses).

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