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  1. La Directiva N°005-2017-CG/DPROCAL precisa que el control concurrente es una modalidad del control simultáneo que identifica hitos de control en el proceso en curso, a fin de alertar al titular de la entidad pública (Ministerios, Gobiernos Regionales, Municipalidades, entre otros) sobre la existencia de situaciones adversas que podrían afectar la reconstrucción, de tal manera que se ...

  2. 8 de mar. de 2024 · Disponer que las unidades orgánicas y los órganos desconcentrados bajo cuyo ámbito se encuentran las inversiones comprendidas en el Anexo N° 03: Meta Anual de Servicios de Control Concurrente 2024 (Ley 31358), del Plan Nacional de Control 2024, modificado a través del artículo 1 de la presente Resolución, son responsables del Planeamiento, Planificación, Ejecución y Elaboración del ...

  3. 12 de mar. de 2022 · Que, en ese contexto, se ha identificado la necesidad de emitir la “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, con la finalidad de establecer las disposiciones normativas complementarias necesarias para la implementación de la Ley N° 31358, a fin de que las entidades del Estado ...

  4. servicios de control simultáneo pueden ser: control concurrente, visita de control, orientación de oficio y otros que se establezcan. • Control Concurrente: Es la modalidad de servicio de control simultáneo que se realiza a modo de acompañamiento sistemático y multidisciplinario y tiene por finalidad, realizar la

  5. Como ejemplo de control preventivo se encuentran las empresas de aerolíneas. Su inversión en este tipo de control es alto, ya que deben siempre chequear previamente los aviones antes de partir en un vuelo. Se cataloga como ejemplo de control preventivo porque deben supervisar y regular que todo funcione bien junto a las normas preestablecidas ...

  6. 3.1 Proyectos de Inversión. En el caso de los PI, el monto de hasta el 2% se aplica sobre el costo de inversión viable, que está compuesto por la suma del costo directo, indirecto y otros costos de inversión. Su estimación se realiza desde la fase de Formulación y Evaluación (FyE), a partir de los costos pertinentes de tal inversión.

  7. Una serie de disposiciones complementarias para implementar la Ley N° 31358, que establece medidas para la expansion del control concurrente, aprobo la Contraloria a fin de que las entidades del Estado adopten las acciones para financiar y ejecutar esta intervencion en las inversiones e iniciativas de contratacion de bienes y servicios por un valor de mas de 10 millones de soles.