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  1. Puedes presentar tu solicitud de suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año 2024 no van a superar el monto de S/ 45,063.00 por el ejercicio de profesión, arte u oficio, o de S/ 36,050.00 , por el desempeño de funciones de...

  2. CONSULTA Y SUSPENSIÓN DE RETENCIONES DE CUARTA CATEGORÍA. Más información al 0801-12100 (desde teléfonos fijos) ó al 315-0730 (desde celulares), de Lunes de Viernes de 8:30 am a 6:00 pm y los Sábados de 9:00am a 1:00 pm. Compatible con: Google Chrome 10+.

  3. Si enviaste una solicitud para suspender la retención de tus ingresos de renta de cuarta categoría, puedes consultarlo de manera virtual. La plataforma mostrará si tu solicitud fue autorizada o rechazada por la Sunat. Si esta fue rechazada, podrás hacer el pedido de manera presencial.

  4. Este formato te servirá para presentar tu solicitud de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta de Cuarta Categoría de manera presencial, por encontrarte impedido de realizarlo a través de SUNAT Operaciones en Línea o estar en los supuestos señalados en la norma.

  5. Tienes derecho a solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año no superarán el monto de S/ 45,063.00, salvo, se trate de rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares, en cuyo caso el monto que no se deberá ...

  6. 5 de ene. de 2023 · El trámite para solicitar la suspensión de retenciones de Cuarta Categoría es virtual. Sigue estos tres pasos: Ingresa a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL y colocar la opción “Mis trámites y Consultas”. Dicho módulo está disponible en el portal www.sunat.gob.pe.

  7. 17 de ene. de 2021 · Desde el 1 de enero de 2021, ya puedes solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría, solo debes cumplir algunos requisitos. Si eres un trabajador independiente que genera rentas de cuarta categoría, puedes evitar la retención del 8% del impuesto a la renta para montos mayores a S/1.500. ¿Cómo?