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  1. La cláusula rebus sic stantibus pretende un restablecimiento del equilibrio de las prestaciones contractuales, esto es, que una parte no se vea más beneficiada que la otra por mantener las condiciones de un contrato que se pactó antes del hecho imprevisible e inevitable.

  2. Rebus sic stantibus es una expresión latina que puede traducirse como "estando así las cosas", el cual hace referencia a un principio de Derecho en virtud del cual se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos tienen en cuenta las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, es decir; cualquier ...

  3. El término jurídico «rebus sic stantibus» se refiere al principio que establece que un contrato o acuerdo puede ser modificado o incluso rescindido si las circunstancias en las que se basó originalmente han cambiado de manera significativa.

  4. La cláusula rebus sic stantibus es un mecanismo jurídico que permite la revisión de los contratos cuando han sobrevenido circunstancias que han roto el equilibrio entre las partes. Su objetivo es, por tanto, compensar esa desigualdad económica y evitar que a cualquiera de los contratantes le resulte imposible o muy gravoso su cumplimiento.

  5. ¿Qué es Rebus sic stantibus? Es una cláusula que permite la revisión de los contratos y las obligaciones cuando por circunstancias surgidas se rompe el equilibrio económico del acuerdo. Esto ocasiona que a una de las partes le resulte muy difícil o imposible el cumplimiento.

  6. Rebus sic stantibus es una cláusula que se utiliza para afirmar que una norma será aplicable siempre que se mantengan las circunstancias para la situación que se dictó.

  7. 1 de nov. de 2023 · Con la cláusularebus sic stantibus”, los contratos pueden ser revisados y modificados cuando surgen circunstancias nuevas que alteran de manera sustancial las condiciones bajo las cuales se celebraron las obligaciones originales.

  8. 22 de ene. de 2019 · El principio del Rebus Sic Stantibus fue creado en la Edad Media. Por un lado, los canonistas sostenían que mientras no se alterasen las circunstancias abversas a la celebración del contrato, este último tendría un tracto sucesivo y con proyección al futuro.

  9. rebus sic stantibus. 1. Gral. 'Estando así las cosas'. (Paulo: Digesto 45, 1, 140, 2, Cicerón: De officiis 1, 16, 32, o Séneca: De beneficiis 4, 34, 3 y 4, entre numerosas fuentes jurídicas y literarias).

  10. La cláusula rebus sic stantibus permite la revisión de las obligaciones y contratos cuando, por circunstancias sobrevenidas, se ha roto el equilibrio económico del contrato y a una de las partes le resulta imposible o muy gravoso su cumplimiento.

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