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  1. Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de ...

  2. leyes.congreso.gob.pe › Documentos › constituciones_ordenadoCONSTITUCION POLITICA DEL PERU

    Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. A la igualdad ante la ley.

  3. Artículo 2o.- Toda persona tiene derecho: 24. [...] A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: [...] f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.

  4. 9 de may. de 2017 · Ley de reforma del literal f del inciso 24 del artículo 2° de la Constitución Politica del Perú. Buscar. Filtro. PDF Cuadernillo Fecha de publicación: 09/05/2017 ... Ley de reforma del literal f del inciso 24 del artículo 2° de la Constitución Politica del Per ...

  5. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ denominadas decisiones fundamentales de la Constitución, tales como la dignidad del ser humano y sus derechos fundamentales, la distribución y equilibrio de poderes, el principio democrático y republicano, y el Estado social de derecho. La apertura, por su parte, es el reflejo de la exigencia de que una

  6. Artículo 24.- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador.