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  1. 14 de mar. de 2022 · La teoría pura del derecho del jurista histórico Han Kelsen. Por. Francisco Chuquicallata Reategui. - 14 marzo, 2022. 51212. Sumario: 1. La teoría pura del derecho; 2. ¿Qué es el derecho positivo y natural?; 3. Sistematizar normas: pirámide; 4. Críticas a la teoría pura del derecho; 4.1. La teoría pura del derecho es peligrosa; 4.2.

  2. La interpretación del derecho que realiza el científico del derecho, según Kelsen, tiene que dar cuenta de todos los significados que es posible atribuir a un enunciado normativo.

  3. Hans Kelsen es uno de los principales exponentes de la Teoría del Derecho. Su obra más influyente es la «Teoría Pura del Derecho,» en la que plantea una visión del derecho como un sistema autónomo y coherente. A continuación, se presenta un resumen por capítulos de esta obra en formato PDF.

  4. HANS KELSEN TEORIA PURA DEL DERECHO Tradu.aión de-la segunda edirián tm alemán, por ROBERTO J. VERNENGO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO MÉXICO 1982 . Título original en alemán: ... La interpretación en la ciencia del derecho 355 Nota del traductor 357 .

  5. Teoría Pura del Derecho es una teo­ ría del derecho positivo en general y no de un derecho particular. Es una teoría general del derecho y no una interpretación de tal o cual or­ den jurídico, nacional o internacio­ nal". (1) Hecha esta precisión temática, avanza hacia el estudio de la estruc­ tura lógica de la norma, pasa a estu­

  6. SOBRE LA TEORÍA DE LA INTERPRETACIÓN DE HANS KELSEN. El FACTOR ESPIRITUAL NO CIENTÍFICO. Dr. Juan Abelardo Hernández Franco. “La interpretación es un procedimiento espiritual” que acompaña el proceso de aplicación del derecho.1. Hans Kelsen. Introducción. Interpretar en latín deriva del fonema interpres, compuesto por los vocablos inter y pretium.

  7. Analizando las condiciones de posibilidad de los sistemas jurídicos, Kelsen concluyó que toda norma emana de otra norma, remitiendo su origen último a una norma hipotética fundamental, que es para Kelsen una hipótesis o presuposición trascendental, necesaria para poder postular la validez del Derecho.