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  1. 26 de oct. de 2021 · La jubilación es causa de extinción del contrato de trabajo en nuestro país (inc. f ) art. 16 DS 003-97-TR) y podría clasificarse en tres tipos: voluntaria, intermedia y automática (Neves Mujica, 2009).

  2. content.lpderecho.pe › wp-content › uploadsDESPIDO LABORAL

    Conforme lo establece el inciso g) del artículo 16 del Texto Único Ordenado del De-creto Legislativo Nº 728, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR - Ley de Produc - tividad y Competitividad Laboral (en adelante, LPCL), el despido es causa de extinción del contrato de trabajo, en otras palabras, el despido es una forma legalmente estable-

  3. extinción del contrato de trabajo supone la ruptura definitiva del vínculo obligacional entre trabajador y empleador. La terminación de la relación cesa la obligación empresarial de seguir abonando la remuneración, así como cesa la obligación del trabajador de seguir prestando sus servicios. 485. ELMER ARCE ORTÍZ.

  4. objetivos: 1) Distinguir entre las causales de extinción que se fundamentan en la voluntad. unilateral del empleador y aquellas que se originan en otros actos o hechos. 2) Comprender la necesidad de establecer límites contra el despido y las termina- ciones por causas económicas, tecnológicas, estructurales y análogas, por ser.

  5. Procede a solicitud del trabajador o por iniciativa del empleador. En caso el trabajador lo solicite, el empleador debe contestar en el plazo de 3 días, de lo contrario se entiende aceptada. En caso se deniegue, el trabajador debe laborar bajo sanción de ser despedido por abandono de trabajo.

  6. El contrato de trabajo se suspende cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar sus servicios por causales previamente estipulados en la ley, convenio, reglamento interno de trabajo, o cuando las partes lo decidan, pudiendo o no mantenerse el pago de la retribución, sin que desaparezca el vínculo laboral.